📌 Quiénes deben permanecer aislados según el decreto que establece la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2022 de la emergencia sanitaria
El decreto que prorrogó la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2022 por la pandemia de coronavirus establece el aislamiento obligatorio, como medida de acción preventiva, en determinados casos.
Según se indica en el artículo 7 de la norma publicada este viernes en el Boletín Oficial, deberán permanecer aisladas las siguientes personas:según la definición de la autoridad sanitaria nacional, hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio o resultado negativo.según la definición de la autoridad sanitaria nacional, por el plazo de 10 días desde la fecha de inicio de síntomas o del diagnóstico, en casos asintomáticos.
, según los define la autoridad sanitaria nacional, por un plazo de 10 días, que podrá ser reducido a siete días en caso de contar con test de PCR negativo.o cuando no hayan transcurrido 14 días desde que hayan completado su esquema de vacunación, por el plazo de 10 días, contados desde la fecha de toma de muestra de la PCR realizada dentro de las 72 horas previas al viaje.
- Las personas extranjeras no residentes, no vacunadas, mayores de 18 años que integren equipos deportivos y cuenten con los protocolos aprobados por la autoridad sanitaria nacional a pedido del Ministerio de Turismo y Deportes, que cuenten con una certificación de su entidad deportiva que acredite el motivo del viaje.
- Las personas nacionales o extranjeras en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales o internacionales.
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