La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Minería actualizaron la normativa para que las empresas mineras soliciten el acceso al régimen de estabilidad fiscal. La herramienta contemplada en la Ley de Inversiones Mineras e...
Beneficios para inversiones minerasLa Administración Federal de Ingresos Públicos y la Secretaría de Minería actualizaron la normativa para que las empresas mineras soliciten el acceso al régimen de estabilidad fiscal. La herramienta contemplada en la Ley de Inversiones Mineras establece que, cumplidos una serie de requisitos, no se vea afectada su carga tributaria total durante 30 años.
La Resolución General conjunta 5205/2022 publicada en el Boletín Oficial perfecciona los procedimientos para solicitar el acceso a herramientas y beneficios establecidos por dicha ley.
La normativa conjunta emitida por la AFIP y la Secretaría de Minería del Ministerio de Desarrollo Productivo reemplaza la resolución general anterior en esta materia. En ese sentido, introduce adecuaciones operativas y de control en el procedimiento de solicitud de acreditación o devolución de importes que resulten del beneficio de estabilidad fiscal que gozan en el sector.
Las empresas que soliciten acreditación o devolución de importes deberán realizar una única presentación, en forma independiente por cada emprendimiento o proyecto alcanzado por la estabilidad fiscal y por cada ejercicio fiscal vencido del impuesto a las ganancias, ante la Subsecretaría de Desarrollo Minero, quien analizará la presentación y verificará el cumplimiento de los requisitos.